* En consonancia con los estándares internacionales de revalorización en el ámbito de la numismática, y dado que se trata de un dato de carácter comparativo, consideramos necesario reformular su presentación para ajustarla a los criterios comúnmente adoptados por las principales casas de subastas. En este marco, se toma como referencia el valor inicial, asignándole un 100%, al cual se añade posteriormente el porcentaje correspondiente de revalorización.
Francisco Gervás, 14. Madrid
Del 18 al 21 de Marzo de 2024
El Estado español ha ejercido el derecho de tanteo en los siguientes lotes: 1064, 1079, 1080, 1081, 1082, 1083, 1084, 1085, 1086, 1087, 1088, 1089, 1103, 1104, 1128 y 1132.